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Habilitación de Kiosco y Habilitación de Maxikiosco

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En Capital Federal

La habilitación de Kiosco o habilitación de Maxikiosco se puede diferenciar según su definición, en el nomenclador de actividades de la Ciudad de Buenos Aires el rubro se encuentra diferido por Kiosco o Maxikiosco, siendo el Kiosco el comercio donde se venden golosinas y todo lo comprendido, SIN ACCESO AL PUBLICO (ejemplo clásico, es el de los kioscos que atienden por ventanilla) y Maxikiosco el comercio donde se expenden los mismos productos pero donde el público SÍ TIENE ACCESO AL LOCAL.

¿En qué se diferencian la habilitacion de kiosco y la habilitación de

maxikiosco?

habilitacion de kiosco

Kiosco: La habilitacion de kiosco es denominada como Habilitación Simple sin Plano, por lo que la documentación técnica que debe confeccionar el profesional será la Encomienda. Este documento, deberá ser firmado por el titular de la habiltación, por el profesional interviniente, y además, y deberá ser certificado y sellado por el organismo correspondiente según donde esté matriculado el profesional (Ej: consejo de ingeniería civil, consejo de arquitectura). Además de la encomienda, deberá adjuntarse  el Certificado de Aptitud Ambiental y abonarse las tarifas correspondientes.

habilitacion de maxikioscoMaxikiosco: La habilitación de maxikiosco es denominada Habilitación simple con plano. En este caso, además de la documentación que requiere el “Kiosco” se debe confeccionar un “Plano de Habilitación”, un plano del Local confeccionado por el Profesional en donde se verifica que todas las condiciones técnicas y constructivas exigidas por el Gobierno de la Ciudad para la habilitación de un “Maxikiosco” se estén cumpliendo como corresponde.

En consecuencia:

Definida la diferencia entre la habilitación de kiosco y la habilitación de maxikiosco, el trámite continúa de la misma manera en ambos casos, elaborada la documentación técnica, se requiere la participación de un Escribano Público, quien verificara el cumplimiento de los requisitos impositivos y adjuntará a la documentación técnica facilitada por el profesional, confeccionando la “Escritura de Habilitación”, documento obligatorio para la presentación del trámite ante el gobierno.

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